Prácticas señuelo y prácticas promocionales consideradas engañosas.

Se considera desleal por engañoso:
Hacer una oferta comercial de bienes o servicios a precio determinado sin revelar que existen motivos razonables de que tales bienes, servicios u otros equivalentes no estarán disponibles al precio ofertado por periodo suficiente y en cantidades razonables.
Realizar una oferta comercial de bienes o servicios a precio determinado para luego, con la intención de promocionar un bien o un servicio diferente, negarse a mostrar el bien o servicio ofertado, no aceptar pedidos o solicitudes de suministro, negarse a suministrarlo en un periodo de tiempo razonable, enseñar una muestra defectuosa del bien o servicio promocionado o desprestigiarlo.
Las prácticas comerciales de venta en liquidación cuando sea incierto que la entidad empresarial o profesional no cumpla los requisitos de esta modalidad de venta, o que, en cualquier otro supuesto, afirmen que aquellas están a punto de cesar en sus actividades o de trasladarse sin que vaya a hacerlo.
Las prácticas comerciales que ofrezcan un premio, de forma automática, o en un concurso o sorteo, sin conceder los premios descritos u otros de calidad y valor equivalente.
Describir un bien o servicio como “gratuito”, “regalo”, “sin gastos” o fórmula equivalente si la persona consumidora ha de abonar dinero por cualquier concepto diferente del coste inevitable de la respuesta a la práctica comercial y la recogida del producto o del pago por la entrega de este.
Nota: Bravo, C.(2024). Tipos de practicas comerciales engañosas. Consumo Responde.
https://www.consumoresponde.es/art%C3%ADculos/tipos_de_practicas_comerciales_enganosas.
