¿Quién alguna vez no ha estado expuesto a alguna de las siguientes situaciones?
Una camiseta talla medium que se convirtió en small tras la primera lavada. Una escoba que se le rompió el palo al quinto día de uso. Un vestido rojo con blanco que quedó rosado después de la primera lavada. Un lindo juguete que compré a precio de ganga y que no pude hacer funcionar. Una caja de pasta dental en cuyo interior baila un tubo que contiene el dentífrico. Compro un yogurt para paliar la languidez de media mañana, al abrir el envase me doy cuenta de que el suero flota abundante en la superficie, lo elimino y el contenido se reduce a la mitad, pero tengo tanta hambre que igual me lo como, a los pocos minutos mi estómago se reciente ¿Qué antigüedad tenía este yogurt? No encuentro esta información en el envase. Un taller de mecánica acepta reparar nuestro auto, pero con la condición de que les compremos a ellos los repuestos necesarios. «¡Aproveche la oferta señora! ¡Precio rebajado!». Preguntamos: ¿cuál es la rebaja?, ¿cuánto me ahorro?, ¿cuál es el precio normal? Nadie lo sabe o por lo menos no se nos dice. Una compañía de suministro eléctrico nos pasa una factura por consumo mensual «residencial» de energía eléctrica por S/.1,600!! obviamente se trata de un error. Reclamamos. Respuesta: «pague primero y reclame después». Y otros casos.
Situaciones como las descritas demuestran, lamentablemente, que los derechos del consumidor peruano no son respetados en la práctica. Y, como refuerzo de lo anterior, basta con recordar el tan familiar cartelito que aún se lee en algunos establecimientos minoristas: «una vez entregada la mercadería, no hay lugar a reclamos» o «no se aceptan cambios ni devoluciones». Esta comunicación al público significa un flagrante atropello al derecho básico que tiene todo consumidor a que el producto o servicio que adquiera cumpla con las características y realice las funciones que ofrece el proveedor o el anunciante. Es además una violación a este derecho, ampliamente reconocido y consagrado por la Organización de las Naciones Unidas – ONU.
Nota: Schwalb, M. (1993). La defensa del consumidor: el rol del Estado y de la sociedad. https://repositorio.up.edu.pe/handle/11354/708